Consecuentemente se procedió a la clausura en forma preventiva del comercio en cumplimiento a las Ordenanzas vigentes y sobre las personas conducidas se labraron actuaciones por Averiguación de Antecedentes y Medios de Vida, previsto en el artículo 13 inciso “B” de la Ley 688.-
En el comercio Venus, hace poco tiempo atrás se constato similar infracción, aquella oportunidad por permitir el desempeño laboral de tres ciudadanas dominicanas (mas información).

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